Esta pregunta es resuelta de manera “clara” y “contundente” por nuestros más altos tribunales.
El 17 de junio de 2009 nuestra Suprema Corte de Justicia estableció:
El importe del salario integrado es necesario para calcular el importe de las horas extraordinarias.
El 6 de mayo de 2010 nuestros Tribunales Colegiados estipularon:
El importe de las horas extraordinarias es necesario para calcular el importe salario integrado.
Entonces nuestro poder judicial ha dejado muy claramente una cosa: UNA CONTRADICCIÓN.
Es primero el huevo y también es primero la gallina.
- ¿Pero esto no es contrario a la lógica?
- Si -respondieron los jueces- pero no estamos hablando de lógica, sino de derecho.
¡CARAJO! Conste que yo no soy culpable de que uno que otro día esté de pésimo humor.
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